Bases del concurso

Primera. Modalidades de premios
Se establecen las siguientes modalidades de premios:
 

  1. Premio gallego de arquitectura 2025.
    El jurado podrá otorgar el premio gallego de arquitectura 2025 entre los proyectos de nueva planta relativos a actuaciones que generasen una nueva edificación o una ampliación de una ya existente, siempre que tenga suficiente entidad como para poder ser valorada de forma independiente de la construcción original.
    Dotación económica: 7.000 euros.
     
  2. Premio gallego de rehabilitación 2025.
    El jurado podrá otorgar el premio gallego de rehabilitación 2025 entre los proyectos de rehabilitaciones relativos a intervenciones de recuperación y adecuación del parque edificado existente.
    Dotación económica: 7.000 euros.
     
  3. Menciones.
    Entre las actuaciones que no obtuviesen premio, podrán ser objeto de mención aquellas que el jurado aprecie como merecedoras de un especial reconocimiento.
     
  4. Premios especiales.
    El jurado podrá otorgar premios en las categorías especiales que se indican a continuación:
     
    • A la sostenibilidad 2025, destinado a destacar aquella actuación, de uso residencial o dotacional, que suponga la implantación de una arquitectura responsable con el ambiente, los recursos y las generaciones futuras.
      Dotación económica: 7.000 euros.
       
    • A la trayectoria profesional 2025, destinada a reconocer la meritoria trayectoria profesional a favor de la arquitectura en el territorio gallego en las categorías de arquitecto/a y aparejador/a o arquitecto/a técnico/a.
      Dotación económica: 7.000 euros para cada una de las categorías.
       
  5. En el supuesto de que el jurado concediese alguno de los premios ex aequo, la dotación económica de la modalidad o categoría del premio se repartirá entre las candidaturas premiadas.
     

 

Segunda. Condiciones de los proyectos y de las personas premiadas
 

  1. Podrán optar a los premios, excepto al especial a la trayectoria profesional 2025, los proyectos arquitectónicos de edificaciones finalizadas en la Comunidad Autónoma de Galicia entre el día 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
     
  2. Las personas físicas o jurídicas autoras de los citados proyectos deberán ser profesionales de la arquitectura.
     
  3. Podrán proponerse para el premio especial a la trayectoria profesional 2025 las personas arquitectas, aparejadoras y arquitectas técnicas que por su contribución a favor de la arquitectura en el territorio gallego, sean merecedoras de un especial reconocimiento.
     

 

Tercera. Presentación de candidaturas para concurrir a los premios gallegos de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2025
 

  1. Las entidades que, de acuerdo con la base quinta, tengan representación en el jurado, podrán presentar candidaturas para los premios de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2025.
     
  2. La presentación de candidaturas para concurrir a los premios gallegos de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2025 podrá realizarse desde el séptimo día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 30 de mayo de 2025.
     
  3. La presentación de las candidaturas requiere que, previamente, a través de la aplicación informática que, a estos efectos, figura en la página web del IGVS, se acompañe la siguiente documentación:
     
    1. Autorización de las personas autoras de los proyectos a la entidad proponente para presentar su candidatura, así como su consentimiento expreso al IGVS para poder publicar, difundir y dar publicidad a los proyectos y al material aportado con la propuesta, según el modelo disponible en la citada aplicación. En el supuesto de que se presenten conjuntamente un elevado número de candidaturas, estos anexos podrán sustituirse por una declaración responsable de la entidad proponente de que cuenta con dichas autorizaciones de todas las personas autoras de los proyectos propuestos.
       
    2. Imágenes: se admitirá un máximo de 12 archivos, que podrán contener fotografías, planos, diagramas, etc., en formato jpg, relativos al correspondiente proyecto.
       
    3. Memoria descriptiva y justificativa del proyecto.
       
    4. Lámina-resumen, en formato horizontal DIN-A3, del proyecto propuesto.
       
    5. Opcionalmente, podrá acompañarse un vídeo de duración máxima de 3 minutos sobre el proyecto propuesto.
       
    6. Los proyectos que se presenten para el premio especial a la sostenibilidad deberán incluir, además, una memoria justificativa de las estrategias de sostenibilidad aplicadas, así como de los resultados obtenidos.
      Con el objeto de permitir la identificación de las distintas personas que participaron en los proyectos, en el proceso de presentación de candidaturas de cada proyecto deberá quedar constancia del nombre, teléfono y correo electrónico de cada una de las personas intervinientes en ellos.
       
  4. Cumplidas las formalidades anteriores, la aplicación informática generará un documento resumen de la documentación presentada, en formato pdf.
     
  5. Las candidaturas para concurrir a los premios gallegos de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2025 se presentaran obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal que figura como anexo II.
     
  6. Las entidades proponentes deberán acompañar con la propuesta el documento resumen de la documentación presentada en la aplicación de la página web del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
     
  7. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades proponentes presenta la documentación presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la documentación aquella en la que fuese realizada la subsanación.
    Para la presentación de las propuestas podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
     
  8. Las entidades proponentes se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, el jurado podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias aportadas por la entidad proponente, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
     
  9. Una vez cerrado el plazo de presentación de candidaturas, la persona secretaria del jurado levantará acta de los proyectos presentados.
     
  10. Los proyectos propuestos podrán ser visualizados en el enlace que, a estos efectos, se disponga en la página web del IGVS.
     
  11. La documentación presentada quedará a disposición de la organización de los premios, que podrá utilizarla para su difusión en cualquier tipo de formato o soporte.
     

 

Cuarta. Propuestas de premios a la trayectoria profesional 2025
Las propuestas para el otorgamiento de los premios a la trayectoria profesional 2025 serán presentadas en el seno del jurado por las entidades con representación en el mismo, y deberán estar avaladas por la correspondiente justificación.
 

Quinta. Composición del jurado
 

  1. El jurado estará presidido por la persona titular de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras. Asimismo, formarán parte del jurado las siguientes personas:
     
    1. La persona titular de la Dirección General del IGVS.
       
    2. La persona titular de la Secretaría General del IGVS.
       
    3. La persona titular de la Dirección Técnica de Edificación y Calidad del IGVS.
       
    4. La persona que designe la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud.
       
    5. La persona que designe la Real Academia Gallega de Bellas Artes de Nuestra Señora del Rosario.
       
    6. La persona que designe la Dirección de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de A Coruña.
       
    7. La persona que designe la Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica de la Universidad de A Coruña.
       
    8. La persona que designe el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia.
       
    9. La persona que designe el Consejo Gallego de Arquitectura Técnica.
       
    10. La persona que designe la Federación Gallega de la Construcción.
       
    11. La persona que designe la Federación de Promotores de Edificación y Suelo de Galicia.
       
  2. Actuará como secretario/a del jurado la persona titular de la Secretaría General del IGVS.
     

 

Sexta. Funcionamiento del jurado
 

  1. El jurado ajustará su funcionamiento a lo señalado en estas bases y a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
     
  2. Las reuniones del jurado se celebrarán en las fechas señaladas por su presidencia y tendrán lugar en la sede que el IGVS tiene en Santiago de Compostela. También podrán celebrarse telemáticamente, se así lo acuerda el jurado.
     
  3. Corresponde a la presidencia del jurado la interpretación de las presentes bases, así como la resolución de aquellos aspectos no determinados en las mismas.
     

 

Séptima. Deliberaciones y decisión del jurado
 

  1. En las candidaturas a los premios de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2025, el jurado podrá realizar una selección previa de proyectos finalistas, entre los cuales se elegirá uno o varios proyectos ganadores para cada una de las modalidades de los premios. Asimismo, el jurado podrá hacer menciones honoríficas, sin dotación económica, a aquellas actuaciones que aprecie como merecedoras de un especial reconocimiento.
     
  2. Las decisiones del jurado se tomarán por mayoría de los presentes en la deliberación y, en caso de empate, decidirá el voto de calidad de su presidencia.
     
  3. El jurado podrá declarar desiertos los premios si considera que las obras presentadas no reúnen el mérito necesario para alcanzar la distinción, así como conceder el premio ex aequo a más de un proyecto.
     
  4. El jurado emitirá su decisión, con mención a los valores de los proyectos galardonados que los hagan meritorios de la distinción recibida.
     

 

Octava. Difusión y publicidad
 

  1. El IGVS podrá publicar en su página web los proyectos presentados y, en su caso, los seleccionados como finalistas por el jurado, los mencionados y, en todo caso, los galardonados.
     
  2. Tras la decisión del jurado, se darán a conocer los proyectos premiados y se hará entrega, en acto público, de los correspondientes galardones a las personas premiadas.
     
  3. El IGVS dará la correspondiente publicidad, tanto a las personas galardonadas como a los proyectos premiados, y puede, a tal efecto, utilizar el material aportado con la propuesta de candidatura, así como proceder a su divulgación a través de las publicaciones, exposiciones, conferencias o cualquiera otra actuación que estime oportuna.